| Instalan Comité Directivo de la AMPYME |
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| Escrito por Ezrhy SantamarÃa | |||||||||
| Sábado 26 de Junio de 2010 00:26 | |||||||||
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Con la presencia de altas autoridades, se instaló en la sede del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), el Comité Directivo de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME), el cual estará conformado representantes del gobierno nacional, el sector empresarial, la Asamblea Nacional de Diputados y un representante de la Asociación de Municipios de Panamá.
Los miembros del sector privado pertenecientes a este comité, fueron designados a través del Decreto Ejecutivo # 104 del 24 de mayo de 2010, el cual se fundamentó en lo estipulado en la Ley 72 de 2009, que creó el Comité Directivo de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
El mismo será presidido por el ministro de Comercio e Industrias, Roberto HenrÃquez y lo conforman la ministra de la AMPYME, Giselle Burillo Sáiz; la Contralora General, Gioconda de Bianchini; TemÃstocles Rosas, director del INADEH; Salo Shamah, administrador de la ATP; el director de SENACYT, Rubén Berrrocal; y un representante del Ministerio de Educación.
Mientras que el sector privado y la Asociación de Municipios, estará representado por Rosa RÃos (UMPYME), Osvaldo Marchena (CONEP), Carlos Sánchez (REDPAMIF), Marcos Córdoba (REDNOMIPEN), Jorge Luis Herrera (AMUPA), Marcos Allen (CONATO), Vicente Lasso (Asociación de Artesanos) y Jorge Montezuma (Microempresas IndÃgenas); todos ellos con sus respectivos suplentes.
Durante la instalación la ministra Burillo, habló de su ejecución presupuestaria de enero a mayo de 2010 la cual reflejó una ejecución financiera de 82.35 % y las metas programadas indican un 91 % de ejecución.
El Comité Directivo de la Autoridad, tiene como una de sus funciones proponer estrategias de desarrollo relacionados con el sector.
Los representantes del sector privado en el Comité, son nombrados por un perÃodo de cinco años y podrán ser removidos por el Presidente de la República, a solicitud de la respectiva entidad; en caso de su remoción, el suplente tomará el cargo de principal por el resto del perÃodo y la entidad correspondiente una nueva eterna para elegir el nuevo suplente.
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